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Información Académica

 

PROCESO DE SUBSANACIÓN
  ( R.M. 023-2010-ED )
      ( Art.28 del Reglamento de ley 29394 )

Se tiene en cuenta las siguientes modalidades:

  • Hasta cuatro créditos en forma paralela al semestre académico en que se encuentra matriculado.
  • Hasta diez créditos en los meses de enero y febrero

REQUISITOS

  1. Solicitud de subsanación dirigida al Director(a)
  2. Recibo de pago

TRÁMITE

  1. Presentar en mesa de partes del una solicitud dirigida al Director(a), pidiendo llevar cursos de subsanación, antes de iniciado el semestre académico, adjuntado el recibo de pago el cual estará sujeto al total de créditos desaprobados
  2. Dirección derivará dicho documento a Secretaría Académica, quien a la vez realizará el trámite respectivo
  3. Dirección emitirá la resolución Directoral correspondiente y derivará a las áreas respectivas el documento.
  4. Las áreas involucradas informarán sobre lo actuado a cada docente
  5. Al finalizar el semestre recoger en Secretaría Académica la boleta de notas donde figurará el calificativo obtenido en dicha subsanación
  6. Las asignaturas con créditos superiores a 8 serán subsanadas al final en los meses de enero y febrero o en un ciclo adicional al décimo